Rechazan a hermanos Espaillat hacer su propio peritaje al Jet Set

SANTO DOMINGO.–El juez del Primer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional acogió el pedimento del Ministerio Público y rechazó la autorización de peritaje, presentada este viernes por los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, procesados por el colapso del techo de la discoteca Jet Set Club que dejó 236 personas muertas y más de 100 heridas el pasado 8 de abril de este 2025.
El magistrado Raymundo Mejía indicó que su decisión está basada en la extemporaneidad de la solicitud, que fue declinada por el Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, tribunal control de este proceso judicial, con el fin de que fuera conocida en esta fase judicial.
El Ministerio Público, representado por el procurador fiscal Miguel Collado, destacó ante el tribunal que “en justicia todo tiene un curso lineal y nada se puede transformar”.
Al pedimento del órgano acusador se adhirieron barras de abogados que representan a las víctimas de la tragedia.
Querellantes y abogados de las víctimas indicaron que la barra de la defensa, además de presentar una solicitud fuera de tiempo, no presentó documentos que avalen la expertise de los técnicos peritos sugeridos por los acusados.
El Ministerio Público, en el expediente acusatorio, establece, gracias al informe de peritaje, que los acusados agravaron su responsabilidad al sobrecargar la estructura del techo del local con equipos de climatización de gran volumen y tinacos de agua, sin realizar estudios técnicos que garantizaran la resistencia de la estructura. Además, ignoraron advertencias internas sobre el deterioro del techo, priorizando el ahorro de recursos a pesar de los riesgos evidentes.
La instancia resume los hallazgos que, al analizar la estructura de la edificación, documentaron los peritos Leonardo de Jesús Reyes Madera (ingeniero sismorresistente), Eduardo A. Fierro (presidente de la BFP Engineers) y Máximo José Corominas Quezada (ingeniero patólogo), designados por el Ministerio Público en su investigación del caso.
Asimismo, en sus acciones, como responsables de la operación del local de diversión que operaba en la avenida Independencia, del Distrito Nacional, los hermanos Espaillat incurrieron en homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias, delitos castigados en los artículos 319 y 320 del Código Penal dominicano.
El órgano acusador sustenta la acusación con cientos de elementos de prueba que comprometen la responsabilidad penal de los procesados.





